$87.545.250. Pasado ese monto, regalar deja de ser un asunto privado entre dos personas y pasa a necesitar permiso.
El nombre raro que protege a quien regala
Se llama insinuación. El artículo 1458 del Código Civil, modificado por el Decreto 1712 de 1989, dispone que corresponde al notario autorizar por escritura pública las donaciones cuyo valor exceda 50 salarios mínimos mensuales. Hasta ese monto, inclusive, no se requiere.
Con el salario mínimo de 2026 —$1.750.905— el límite queda en $87.545.250. Un apartamento modesto lo pasa sin esfuerzo.
Ojo con una confusión frecuente: si lo que se regala es un inmueble, la escritura pública y su registro son obligatorios siempre, sin importar el valor. El tope solo define cuándo, además, hace falta el permiso del notario.
La insinuación no es un impuesto ni un castigo. Es un freno para que nadie se desprenda, de un plumazo, de lo que necesita para vivir. Por eso la escritura debe probar tres cosas: el valor comercial del bien, que el donante es realmente su dueño, y que conserva lo necesario para su propia subsistencia.
Una donación se cayó por un detalle
El permiso se pide de común acuerdo y ante el notario del domicilio de quien dona. Suena a formalismo menor. No lo es.
En 2023 la Corte Suprema de Justicia dejó en pie la nulidad de una donación porque se había insinuado ante un notario de Bogotá, cuando la donante había declarado que su domicilio era Ibagué. La Corte fue explícita: los requisitos de la insinuación deben cumplirse a cabalidad, so pena de nulidad absoluta — y esa nulidad alcanza tanto al permiso como al contrato de donación.
Y aquí está la trampa cotidiana: casi nunca se llama "donación". Se llama traspaso de favor, venta por un precio simbólico, un bien que se pone a nombre de otro para «evitar líos después». Si un juez llega a declarar que esa venta era en realidad un regalo, se le aplica la misma regla — pero eso hay que probarlo en un proceso, y rara vez es rápido.
Dos casos, la misma escritura
El padre que le pasa el apartamento a un hijo «para no dejarle la sucesión enredada». Y el socio que le cede su parte del local a un familiar sin cobrarle un peso. Si esos bienes pasan de $87.545.250, los dos creen estar simplificando — y pueden estar sembrando el pleito de la próxima década.
¿Ese favor que usted hizo, o que le hicieron, resistiría hoy la revisión de un juez? Conocer con claridad y a tiempo de qué se trata su situación patrimonial es lo que cambia el resultado. Es justo lo que un buen diagnóstico saca a la luz, antes de que lo saque un juzgado.
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