Un contacto le reenvía un pantallazo: «desde este mes cambió la ley». Usted ajusta precios, contratos o nómina. Y esa ley todavía no existe.

Publicado no es lo mismo que vigente

La Constitución exige cuatro requisitos para que un proyecto sea ley: publicación oficial por el Congreso antes de darle curso, aprobación en primer debate en la comisión permanente de cada cámara, aprobación en segundo debate en cada cámara y sanción del Gobierno (artículo 157). Los debates son dos de esos cuatro requisitos, y como cada uno se surte dos veces, de ahí salen los cuatro debates de los que todo el mundo habla.

Falta un paso más: la promulgación, que nunca sobra. «La ley no obliga sino en virtud de su promulgación», y «la promulgación consiste en insertar la ley en el periódico oficial» (Ley 4.a de 1913, artículo 52).

Ese mismo artículo añade que la observancia principia dos meses después. Pero es regla supletoria —así la sigue aplicando la Corte Constitucional—: se aplica solo si la ley calla, y casi nunca calla (artículo 53). Como dijo la Corte en la Sentencia C-084 de 1996, es «de frecuente ocurrencia» que el legislador disponga que la ley rige «a partir de su promulgación».

Por eso la pregunta útil no es «¿ya salió?», sino «¿qué dice su artículo de vigencia?».

Dos consultas y se acabó la discusión

El equívoco casi siempre nace de confundir dos publicaciones oficiales. Los proyectos se publican en la Gaceta del Congreso, órgano oficial de publicidad de los actos del Congreso (Ley 5.a de 1992, artículo 36). Las leyes se publican en el Diario Oficial, junto con los proyectos que el Gobierno haya objetado (Ley 489 de 1998, artículo 119).

Ejemplo de esta semana: al 11 de agosto de 2026, la reforma tributaria figura como Proyecto de Ley 004 de 2026 Cámara, radicado el 20 de julio, publicado en la Gaceta 868 y en estado «Trámite en Comisión», sin número en Senado. Es un proyecto. No obliga a nadie.

De ahí sale la pregunta que desarma cualquier rumor: ¿cuál es el número? Si le dan número de proyecto, no hay ley. Si le dan número de ley, queda una sola cosa por mirar: desde cuándo rige.

Un negocio que sube precios por una reforma no aprobada regala margen y credibilidad. Ana, empleada, aplaza un trámite «porque ya cambió la norma» y pierde un término que seguía corriendo igual.

¿Cuántas decisiones de este año las tomó sobre una norma que nadie verificó? Separar lo vigente del ruido es la base de cualquier diagnóstico serio.

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