Vivieron juntos quince años. Cuando él murió, la familia le dijo a ella que, como "nunca se casaron", no tenía derecho a nada. Es una de las frases más repetidas —y más equivocadas— en las sucesiones colombianas.
La ley sí reconoce al compañero permanente
Durante mucho tiempo, solo el cónyuge "de papel" heredaba. Eso cambió. La Corte Constitucional reconoció al compañero permanente —tanto de parejas de distinto sexo como del mismo sexo— dos protecciones distintas: la porción conyugal (sentencia C-283 de 2011) y la condición de heredero en la sucesión (sentencia C-238 de 2012).
En palabras simples: el compañero que sobrevive no queda por fuera. Tiene derechos propios sobre el patrimonio de quien se fue.
Pero no hereda igual en todos los casos
Aquí conviene la claridad, no la ilusión. El compañero no siempre hereda como un heredero más. Si hay hijos, ellos encabezan la sucesión, y al compañero lo protege la porción conyugal, sin repartirse los bienes en igualdad con los hijos. Cuando no hay descendientes, el compañero sí concurre a heredar junto a los padres o los hermanos del fallecido.
Y hay una condición que lo decide todo: hay que probar la unión. Se demuestra por escritura pública, por acta de conciliación o —lo más común cuando el compañero ya falleció— por sentencia judicial dentro del proceso de sucesión (Ley 54 de 1990, art. 4).
Un caso de persona y uno de negocio
Una persona: tras quince años juntos y sin matrimonio, la compañera que sobrevive puede reclamar su porción conyugal, pero necesita que la unión quede probada. Un negocio: si el fallecido era dueño de una empresa familiar, definir a tiempo la condición del compañero evita que el negocio quede congelado entre herederos que no logran ponerse de acuerdo.
Cómo saber si esto le afecta
La diferencia entre "usted no tiene derecho a nada" y "le corresponde su porción" suele ser un solo papel: la prueba de la unión, hecha a tiempo. Dejarlo para después es dejárselo a un juez. ¿Sabe usted cómo quedaría protegida su pareja —o usted— si mañana faltara uno de los dos?
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