Cuando una pareja se separa, casi nadie sabe qué le toca de verdad. Y esa ignorancia se paga: se firman acuerdos que regalan lo que la ley protegía, o se pelea durante años por algo que nunca fue de los dos.
No se reparte "todo": se reparte la sociedad
Por el solo hecho del matrimonio nace una sociedad conyugal (Código Civil, arts. 180 y 1774). Cuando la relación termina, esa sociedad se disuelve y se liquida: lo que se construyó como esfuerzo común —los gananciales— se divide por mitades (Código Civil, art. 1830), sin importar a nombre de quién quedó cada cosa.
Pero no todo es de la sociedad. Los bienes propios —los que usted ya tenía antes de la relación, o los que recibió por herencia o donación durante ella— no entran al reparto (Código Civil, art. 1782). Siguen siendo enteramente suyos.
La unión libre también forma un patrimonio común
Muchos creen que "como no nos casamos, cada quien con lo suyo". No es así. Cuando la unión marital de hecho dura al menos dos años, la ley presume una sociedad patrimonial entre compañeros permanentes (Ley 54 de 1990, art. 2). Al terminar, ese patrimonio también se reparte por partes iguales (art. 3).
Y esa sociedad se puede declarar sin pleito: por escritura pública ante notario, por acta de conciliación o por sentencia judicial (Ley 54 de 1990, art. 4). Casado o en unión libre, el principio es el mismo: se divide lo construido juntos, no lo que era propio de cada uno.
Un caso de persona y uno de negocio
Una persona: Ana pone la casa a nombre de su esposo, pero la compraron durante el matrimonio con el sueldo de ambos. Es un bien de la sociedad y a ella le corresponde la mitad, aunque no figure en la escritura. Un negocio: David tenía su taller antes de convivir; parte del valor de la empresa creció durante la unión. Sin claridad sobre qué es propio y qué es común, esa porción entra al reparto y puede paralizar el negocio.
Cómo saber si esto le afecta
La frontera entre un bien propio y uno de la sociedad decide cuánto conserva usted. Un bien mal clasificado puede costarle la mitad de algo que era solo suyo —o hacerle renunciar a lo que sí le correspondía. ¿Sabe usted, hoy, cuáles de sus bienes son propios y cuáles de la sociedad?
Eso es justo lo que un buen diagnóstico saca a la luz a tiempo, antes de firmar cualquier acuerdo de separación. Empiece por una orientación sin costo.
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