«Tiene poder general, puede hacer todo». Esa frase deja sin revisar lo más importante: qué encargó realmente el dueño de los bienes y cuáles facultades contiene el documento.
El Código Civil, artículos 2156 a 2159, distingue el mandato general del especial y exige atender los términos del encargo. Su amplitud no se deduce únicamente del título que alguien puso en la primera página.
La administración tiene un alcance concreto
El artículo 2158 indica que el mandato confiere naturalmente facultades de administración. La norma menciona, entre otros ejemplos ligados al giro administrativo ordinario, pagar deudas, cobrar créditos y contratar reparaciones de las cosas administradas. Para actos que salgan de esos límites exige poder especial.
El artículo 2159 añade que permitir actuar del modo que parezca más conveniente no autoriza a alterar la sustancia del mandato ni a ejecutar los actos que exigen poderes o cláusulas especiales. Por eso, expresiones amplias como «libre administración» necesitan leerse junto con el resto del documento.
Una venta requiere revisar el acto y las facultades efectivamente conferidas. Un instrumento denominado general puede contener autorizaciones expresas relevantes. Tampoco toda operación comercial tiene idéntica naturaleza. La revisión debe establecer qué bien, qué negocio y qué instrucciones están en juego, además de las formalidades aplicables.
Escriba el encargo antes de buscar una firma
Ejemplo hipotético de persona: una propietaria encarga a un familiar cobrar ingresos y atender reparaciones. Ante una oferta de compra del inmueble, revisan si el poder permite venderlo y qué formalidades corresponden.
Ejemplo hipotético de negocio: su dueño delega asuntos patrimoniales personales y el encargado considera vender un equipo. La conveniencia económica no demuestra que tenga facultades para disponer de ese bien.
Para preparar la revisión, describa en lenguaje sencillo la operación que quiere permitir: bien involucrado, condiciones relevantes, actuaciones esperadas y límites. Luego contraste esa descripción con el instrumento. Así pueden detectarse tanto autorizaciones insuficientes como facultades más amplias de las que usted quería otorgar.
Conservar la versión completa también importa. Un resumen verbal o una fotografía parcial puede ocultar restricciones que aparecen al final. La confianza entre las personas mejora cuando el alcance del encargo resulta comprensible para ambas.
¿Su poder permite exactamente lo que necesita delegar? El Diagnóstico ayuda a examinar ese alcance dentro de la protección de sus bienes antes de comprometer una operación que exige facultades específicas.
Empiece por una orientación sin costo · Conozca El Diagnóstico
[Material estrictamente informativo. No constituye asesoría legal, tributaria ni financiera.]
