El señor que le trae la fruta. El que le hace los domicilios. El técnico que le arregló la nevera del local.

Ninguno le dio factura. Para efectos fiscales, ese gasto no existe… salvo que usted mismo lo documente.

Sin soporte no hay costo

El artículo 771-2 del Estatuto Tributario es corto y duro: para que procedan costos, deducciones e impuestos descontables se necesita la factura o el documento equivalente.

La trampa está en el proveedor informal. Muchos negocios asumen que, como el proveedor «no factura», el gasto se perdió. Falso.

Cuando el vendedor no está obligado a expedir factura, la ley traslada el soporte al comprador: se llama documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, y está regulado por la Resolución DIAN 000167 de 2021.

Léalo otra vez: lo genera usted. No el proveedor.

Lo que casi nadie sabe: tiene reloj

No es un recibo hecho a mano. Es un documento electrónico con requisitos concretos: la denominación expresa, la fecha de la operación, los nombres o razón social y el NIT del vendedor y del comprador, numeración consecutiva autorizada por la DIAN, la descripción del bien o servicio, el valor total, la firma digital y el CUDS (su código único).

Y tiene plazo. Se genera y transmite por cada operación, o de forma acumulada por proveedor, a más tardar el último día hábil de la semana.

Esa es la diferencia entre un costo que camina y uno que queda a discusión: no es la buena fe, es el documento generado a tiempo.

Un caso de persona: un independiente que le paga a un ayudante ocasional y no deja rastro del gasto. Un caso de negocio: una panadería que le compra huevos y leche a un proveedor rural todas las semanas y nunca generó un solo soporte.

Cómo saber si esto le afecta

Haga un ejercicio de tres minutos. Piense en sus cinco proveedores más frecuentes y pregúntese: ¿cuáles de ellos no me facturan?

Cada uno de esos nombres es un costo real de su negocio que hoy puede no estar respaldado. Y la temporada de renta de personas naturales corre del 12 de agosto al 26 de octubre de 2026.

Ordenar esto ahora vale mucho menos que explicarlo después. Es justo lo que un diagnóstico saca a la luz a tiempo.

[Material estrictamente informativo. No constituye asesoría legal, tributaria ni financiera.]