Le contaron que para denunciar acoso laboral hacía falta que pasara varias veces. Es mentira — y desde 2025 la ley colombiana lo dice sin rodeos.
Un solo acto ya basta
La reforma laboral de 2025, en su artículo 18, redefine lo que cuenta como acoso o violencia en el trabajo: comportamientos que buscan causar daño físico, psicológico, sexual o económico — “ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida.”
Antes, la práctica exigía mostrar un patrón sostenido en el tiempo. Hoy, un solo acto grave y demostrable puede bastar. Es como una quemadura: no necesita repetirse para dejar huella — con una vez alcanza.
La ley también amplió el radar: cubre discriminación por salud, edad, orientación sexual, pertenecer a un sindicato o condición económica, entre otras causales.
Documentar sigue siendo la clave
Un solo acto cambia el mínimo exigido, no la necesidad de prueba. Un mensaje, un correo, un testigo, la fecha exacta — eso es lo que convierte un episodio en un caso sólido, sea uno solo o varios.
La ruta para actuar sigue siendo la de siempre: el comité de convivencia laboral de la propia empresa como primer paso, y el Ministerio del Trabajo cuando ese canal no funciona o no existe.
Para la empresa, el cambio pesa distinto: el protocolo interno con el que hoy investiga una queja probablemente responde a un estándar que ya no aplica.
Una persona: a Ana un compañero la humilló una sola vez frente a todo el equipo — hoy eso ya puede ser suficiente para actuar. Un negocio: la empresa de David debe revisar cómo investiga las quejas, porque el umbral que usaba para tomarlas en serio bajó.
Cómo saber si esto le afecta
La pregunta ya no es “¿cuántas veces pasó?” — es ¿qué tan grave fue y qué tan bien lo puede probar?
Eso es justo lo que un buen diagnóstico saca a la luz a tiempo: si lo que vivió — o lo que su empresa está gestionando — encaja en la nueva definición, y qué hacer primero. Empiece por una orientación sin costo.
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