Dos personas pueden hablar del valor de la misma acción y referirse a cantidades diferentes. Antes de discutir cuál es correcta, hace falta saber qué representa cada una.
El Concepto DIAN 4512 de 2025, al explicar una consulta tributaria, distingue valor nominal, intrínseco y comercial. Esta explicación utiliza únicamente esa distinción conceptual. No determina por sí sola cuánto debe pagar un comprador ni qué valor corresponde declarar en una obligación tributaria concreta.
Pregunte qué está midiendo la cifra
El valor nominal es el asignado a la acción en el contrato social. Describe una referencia del capital. No funciona por sí solo como una cotización actual de lo que otra persona estaría dispuesta a pagar por esa participación.
El valor intrínseco se obtiene, como referencia contable, al dividir el patrimonio de la sociedad, entendido como activos menos pasivos, entre las acciones en circulación. Necesita una fecha y unos estados financieros identificables. Cambiar la información de base puede cambiar el resultado.
El valor comercial considera factores económicos, como expectativas de rentabilidad y utilidades, entre otros. Evaluarlo exige justificar supuestos y estudiar la operación. La palabra «comercial» no convierte una expectativa del vendedor en un precio comprobado.
Nombrar el valor es el comienzo de la conversación. Pida que cada cifra venga acompañada de su finalidad, fuente, fecha y método. También debe identificarse qué participación se está examinando y qué derechos la acompañan. Una cifra aislada deja abiertas demasiadas preguntas.
No negocie sobre referencias mezcladas
Ejemplo hipotético de persona: alguien considera comprar acciones y recibe su valor nominal. Antes de asumir que es el precio de entrada, solicita la propuesta de venta y su justificación.
Ejemplo hipotético de negocio: los socios de una PYME mezclan una referencia contable y una expectativa de precio. Identifican cada valor y su soporte antes de negociar sobre cifras distintas.
Una hoja de comparación puede registrar el tipo de valor, la fecha y el soporte disponible. Si falta información, déjela identificada como pendiente. Completar el cuadro no sustituye una valoración profesional, pero permite formular una solicitud precisa a los asesores que deban intervenir.
Las consecuencias societarias, contables y tributarias de la operación requieren su propio análisis. Cuando corresponda, la revisión se coordina con el contador y con quien realice la valoración económica.
¿Todos los socios están hablando del mismo valor? El Diagnóstico ayuda a ordenar esa conversación dentro del gobierno corporativo, identificar documentos faltantes y definir qué análisis exige la decisión.
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[Material estrictamente informativo. No constituye asesoría legal, tributaria ni financiera.]
